Salario Base para Definición de Sanciones Periodo 2012
CIRCULAR Nº 159-11
Asunto: Salario base sobre el cual se definen las penas a aplicar por la comisión de diversas figuras delictivas contenidas en el Código Penal y demás normativa durante el 2012.-
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES QUE TRAMITAN LA MATERIA PENAL, INSTITUCIONES, ABOGADOS Y PÚBLICO EN GENERAL SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en sesión Nº 104-11, celebrada el 13 de diciembre de 2011, artículo XXVII, de conformidad con lo que establece el párrafo tercero del artículo 2° de la Ley N° 7337 de 5 de mayo de 1993, que reformó varios artículos del Código Penal, dispuso comunicarles que a partir del 1° de enero del 2012, el salario base a aplicar para definir las penas por la comisión de esas figuras delictivas, así como de las contenidas en otras leyes que refieran a la supracitada norma es de ¢ 360.600.00 (trescientos sesenta mil seiscientos colones exactos), que corresponde al Salario Base del Auxiliar Administrativo 1 del Poder Judicial.
San José, 16 de diciembre de 2011
Lic. Carlos T. Mora Rodríguez
Secretario General interino
Corte Suprema de Justicia