ANEP solicita una nueva reunión con el FMI
Fuente: El Mundo CR
La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) solicitó al Fondo Monetario Internacional (FMI), la necesidad de realizar una segunda reunión con el fin de «abordar con mayor amplitud los diversos planteamientos y propuestas alternativas existentes para que Costa Rica supere la crisis fiscal sin la necesidad de un convenio con el FMI».
La solicitud se realizó por medio de una carta dirigida a Manuela Goretti Jefa de la Misión del FMI para Costa Rica.
En el documento se indicó que ANEP piensa «que es imposible para conformarse un criterio justo y equilibrado por parte del FMI, que no se considere la amplia vastedad de planteamientos alternativos, formulados de manera responsable con relación al planteamiento gubernamental; planteamientos que buscan articular una respuesta nacional a la crisis fiscal. Estamos convencidos que las máximas autoridades político-ejecutivo del país, a ustedes de ello no se les informan nada».
Desde ANEP aseguraron que luego de la reunión virtual sostenida con el FMI el pasado 15 de enero, «quedó claro la línea política indicada por Goretti, al manifestar que no existe ninguna condición que obligue al país a aprobar el proyecto de empleo público a cambio del crédito Servicio Ampliado de Fondos, por un monto de 1.750 millones de dólares, y en efecto, hay más cosas que aclarar respecto al discurso del Gobierno Alvarado Quesada hacia la ciudadanía costarricense».
Asimismo, en el documento expusieron que ahora se utiliza «el tema de los “estándares internacionales”, como nueva muletilla presidencial a favor del cuestionado proyecto, es algo peculiarmente “novedoso”, sobre lo cual es urgente clarificar su relación con un país como Costa Rica en el actual estado de la situación nacional política, económica y social».
Este lunes el presidente de la República, Carlos Alvarado, solicitó a los diputados aprobar el proyecto de Empleo Público, afirmando que cumple con estándares internacionales y es clave para reducir el gasto público.
Déficit fiscal del Gobierno cerró en 8,3% de la producción en el 2020, por debajo de la estimación
Fuente: La Nación
El Gobierno finalizó, el 2020, con un déficit fiscal equivalente al 8,3% del producto interno bruto (PIB), casi un punto porcentual menor a lo estimado dentro de la programación económica (9,2%).
Así lo informó Elian Villegas, ministro de Hacienda, este lunes 18 de enero, en una conferencia de prensa virtual.
Pese al resultado financiero adverso, el segundo más voluminoso desde 1981, cuando fue de 9,1% de la producción, Villegas destacó que cerraron con un déficit menor al esperado, dado la fuerte caída del 11% en los ingresos tributarios generada por la pandemia sanitaria.
En la revisión de la programación económica del 2020–2021, el Banco Central de Costa Rica (BCCR) incluyó, a mediados del año anterior, que el déficit fiscal del Gobierno sería de 9,3% del PIB.
El endeudamiento público también fue menor al esperado, pues cerró el año pasado en 69,7% de la producción, pero el Gobierno esperaba rondara el 70,1% del PIB.
“Hace cinco meses se decía que el Gobierno caería en default en setiembre, luego de que el déficit sería del 11,7% del PIB en diciembre, pero no fue así”, destacó Villegas.
El funcionario no brindó la proyección del déficit fiscal para este año, pues afirmó se dará una vez cerradas las negociaciones con el Fondo Monetario Internacional (FMI), pues dependerá del acuerdo al que se llegue con el organismo multilateral.
Menos transferencias e inversión
El jerarca de Hacienda explicó que la reducción en el gasto se logró mediante recorte del gasto público. En específico, el recorte del gasto se dio en las transferencias corrientes del Poder Ejecutivo.
Al cierre del 2020, estas ascendieron a ¢2,83 billones, es decir una reducción interanual del 2,42% comparado a los ¢2,90 billones del 2019.
La baja más significativa fue hacia instituciones del sector público, dado que ascendieron a ¢1,69 billones, es decir una baja del 14,5% el año pasado, comparado con los ¢1,98 billones del 2019, según los datos publicados por Hacienda.
“La reducción en el gasto obedece a un esfuerzo de todo el Estado con recortes presupuestarios y la no transferencia de ciertas partidas. La única forma de ahorrar es sencillamente no gastando. La única forma de contener el gasto público es dejando de gastar”, explicó Villegas.
El jerarca resaltó que se dejó de hacer transferencias catalogadas como no esenciales, en diversas instituciones públicas.
Isaac Castro, viceministro de Hacienda, detalló que el recorte en específico en las transferencias al sector público fue de ¢288.355 millones.
“El desglose abarca una cantidad grandísima de instituciones públicas que recibían el dinero. No es que se pospuso pagos, pues todas esas instituciones están al día en sus obligaciones. En cada uno de los presupuestos extraordinarios se fue recortando durante el año pasado”, destacó Castro.
El viceministro añadió que, por el contrario, las transferencias dirigidas al sector privado se incrementaron, pues contenían muchas de las ayudas económicas dadas por el Gobierno a afectados por la pandemia de la covid-19, como el Bono Proteger.
Las transferencias al sector privado ascendieron a ¢1 billón el año pasado, lo cual significa un aumento del 18%, comparado al mismo periodo del 2019, cuando fueron de ¢872.220 millones.
El recorte en el gasto de capital fue otro de los rubros relevantes en la baja del déficit financiero.
Los datos de Hacienda muestran que la inversión fue de ¢444.014 millones en los 12 meses del 2020. Esto significo una reducción del 38% frente a los ¢718.825 millones del 2019.
Villegas destacó que el Gobierno también logró contener el crecimiento de los salarios, pues este rubro ascendió a ¢2,48 billones, el año pasado, lo cual significa un alza de 0,2% frente a los ¢2,47 billones del 2019.
El pago de intereses de la deuda pública fue el rubro que más se elevó porcentualmente. Este fue de ¢1,68 billones el año anterior, frente a los ¢1,51 billones, en el 2019, lo cual significó un alza del 11%.
Al final del periodo del 2020, el déficit fiscal del Poder Ejecutivo fue de ¢2,9 billones que se financió mediante deuda interna y externa. El 70% de los recursos los obtuvo de la colocación de títulos valores en el mercado local.
Mientras que el restante 30% con préstamos externos de apoyo presupuestario, entre los que destacan el crédito rápido del Fondo Monetario Internacional (FMI), por $521 millones, o el de $500 millones otorgado por el banco de desarrollo de América Latina (CAF).
Caída en ingresos
Por otra parte, los ingresos totales del Ejecutivo fueron de ¢4,77 billones el año pasado, lo cual significó una baja del 11% frente a los ¢5,36 billones del 2019.
El jerarca de Hacienda detalló que la principal contracción se dio en la recaudación impositiva, pues ingresaron a la Hacienda Pública ¢587.000 millones menos.
Sin embargo, destacó que al comienzo de la pandemia la proyección era de una caída del doble, es decir, casi ¢1,2 billones.
Villegas explicó que las reaperturas de actividades económicas, con las respectivas medidas sanitarias, fue una de las razones que más ayudaron a que la caída no fuera como la prevista.
El impuesto sobre la renta, uno de los más relevantes, reportó una recaudación de ¢1,65 billones el año pasado, lo cual significó una baja del 11%, comparado con los ¢1,85 billones del 2019.
En tanto, el impuesto del valor agregado (IVA) tuvo una menor caída a la esperada, enfatizó el Viceministro Isaac Castro.
Los datos de Hacienda muestran que el ingreso fue de ¢1,62 billones, es decir 0,7% menos comparado a los ¢1,63 billones del 2019.
Dos créditos internacionales hacen fila en Congreso a espera que el Gobierno logre acuerdo con FMI
Fuente: El Financiero
Dos préstamos otorgados a Costa Rica por organismos internacionales están en la Asamblea Legislativa y su futuro depende de muchos factores; entre ellos, la concreción del acuerdo de Servicio Ampliado con el Fondo Monetario Internacional (FMI) y la manifestación de señales políticas más claras por parte del Gobierno.
Elian Villegas, ministro de Hacienda, pide a los diputados que aprueben el proyecto de ley 22.214 en el cual se tramitan dos operaciones por $300 millones con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y otro también por $300 millones con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), este último inicialmente ligado al fondo de avales y garantías.
“Para nosotros esos créditos son importantes, siempre es necesario contar con fondo de caja y ese dinero nos permite no presionar el mercado local y ahorrar en tasa de interés”, agregó el jerarca en entrevista con este medio.
El ministro afirma que el programa con el Fondo por $1.750 millones a tres años, abonará la confianza de los mercados e inversionistas lo que permitirá negociar nuevos empréstitos con organismos multilaterales a lo largo del 2021 para cambiar deuda cara por otra más barata.
Además, considera que bajo la aplicación de un ajuste fiscal respaldado por el FMI, Costa Rica podría evaluar más adelante otras fuentes de financiamiento como una nueva emisión de títulos de deuda externa, conocidos como eurobonos.
En el tintero
El Plan de Endeudamiento del I Semestre del 2020 presentado por el Ministerio de Hacienda incluyó un total de nueve empréstitos internacionales, de los cuales seis eran de apoyo presupuestario y tres estaban destinados a financiar programas específicos.
En el tintero de la Comisión de Asuntos Hacendarios del Congreso se encuentran dos préstamos, cada uno por $300 millones, que se tramitan como un sólo expediente.
El crédito con el (BID) por $300 millones se destinará al canje de deuda pública, mientras que inicialmente la operación con el BCIE, también por $300 millones, estaba dirigida a financiar el Fondo Nacional de Avales y Garantías.
Sin embargo, en una segunda versión del proyecto de ley del fondo de avales, el Gobierno planteó que esos recursos entren directo a la Caja Única y que cada año Hacienda los presupuestará de manera ordinaria para responder por los avales y garantías.
Esta posición despertó las dudas de la banca, sobre todo en momentos adversos para las finanzas públicas donde la incorporación de $300 millones al flujo de caja del Gobierno, ante eventuales problemas de liquidez, podrían redirigir ese dinero al pago de gasto corriente o transferencias.
Silvia Hernández, diputada del Partido Liberación Nacional (PLN) y presidenta de la Comisión de Hacendarios, explicó que posiblemente el Ejecutivo planteará cambios al proyecto del fondo de avales para presentar una tercera versión ligada nuevamente al crédito del BCIE.
De acuerdo con Hernández, sobre estos dos préstamos no hay plazo, como sí ocurrió con los dos empréstitos del BID que se perdieron en 2020; lo cual abre una mejor perspectiva para la discusión en Cuesta de Moras.
En el plan de endeudamiento del Gobierno también figura un crédito por $50 millones proveniente de la Corporación Andina de Fomento (CAF), que se debe destinar a gastos gubernamentales ante la pandemia. Ya fue aprobado por el organismo y el contrato está en negociación.
El 1.° de diciembre del 2020 la CAF aprobó una nueva línea de crédito para Costa RICA por $500 millones (similar a la otorgada en abril del año pasado), bajo el formato de apoyo presupuestario ante la crisis de la COVID-19.
Villegas confirmó que todavía están en negociaciones con la Corporación para construir el proyecto de ley y enviarlo al Congreso.
Doble fracaso
Las expectativas del ministro de Hacienda son positivas a pesar de que el 2020 dejó el fracaso de dos créditos internacionales en la Asamblea Legislativa.
El primer tropiezo tuvo lugar entre agosto y setiembre con una operación de $245 millones aprobada por el BID, que en principio se destinaría a cubrir el pago de los bonos Proteger y a “gastos elegibles”.
Sin embargo, tras una serie de confusiones entre Geannina Dinarte, entonces ministra de Trabajo y Villegas, quienes no lograron explicar claramente a los diputados cómo utilizarían $159 millones de ese préstamo; finalmente el expediente no fue aprobado.
El Ejecutivo no específico cómo se usaría el 60% del monto total del crédito que se destinaría a “gastos elegibles” y planteó la idea de redirigir esos recursos para reintegrar a Hacienda parte de los giros en bonos Proteger.
El segundo fracaso tuvo lugar en diciembre del 2020, cuando el cierre forzado del Congreso por casos de COVID-19 sepultó definitivamente otro préstamo con el BID por $250 millones.
Con esta operación el Gobierno pretendía sustituir deuda pública por otra en mejores condiciones de tasas y plazos para ahorrarse hasta $13 millones al año en el pago de intereses.
Por tratarse de un empréstito especial en el marco de la pandemia, la operación tenía un plazo de vencimiento al 6 de enero del 2021, pero el receso legislativo arrancó el 16 de diciembre y concluyó el 11 de enero.
La bancada legislativa del Partido Liberación Nacional, junto con otras agrupaciones, lideró una iniciativa de bloqueo a este contrato y se opuso tres veces a aprobar una moción para acelerar su aprobación en el plenario.
Los verdiblancos primero pidieron al Gobierno mayores recortes al gasto público en el Presupuesto Nacional 2021, luego exigieron conocer en detalle la propuesta de negociación con el FMI y, finalmente, cuestionaron que no se incorporara en el crédito el monto que se destina a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
La decisión del PLN fue cuestionada y calificada como un error por los expresidentes Óscar Arias y José María Figueres.
Renta global y recorte a exenciones son plato fuerte del plan del Gobierno para generar más ingresos
Fuente: El Financiero
Las negociaciones entre el Gobierno de Costa Rica y la misión del Fondo Monetario Internacional (FMI) ya arrancaron, marcadas por un mutismo cauteloso de los voceros del Ejecutivo y por el retorno de los diputados a sus curules.
La propuesta final para concretar un acuerdo de Servicio Ampliado con este organismo contiene tres iniciativas para reducir el gasto público, seis para aumentar los ingresos, y la venta de dos activos.
En el capítulo de medidas para obtener más recursos, tres iniciativas representan el 80% de la apuesta del Gobierno: la renta global, la eliminación de exoneraciones y la creación de un nuevo impuesto a las casas de lujo.
El Ejecutivo ha ido presentando poco a poco los proyectos de ley de ingresos y gastos ante la Asamblea Legislativa.
En ese foro político las bancadas coinciden en aprobar primero la reforma al empleo público y las acciones de reducción del gasto, antes de entrar a revisar las iniciativas para incrementar ingresos.
Sobre el plan existen algunas dudas y quedan vacíos, como el proyecto de renta global que está en elaboración y será presentado en las siguientes semanas. Así lo confirmó Elian Villegas, ministro de Hacienda, a este medio.
Rumbo a la renta global
En la matemática del Ejecutivo esta es la tercera propuesta que generaría mayores resultados para incrementar el dinero que percibe el Ministerio de Hacienda.
Las cifras presentadas en el plan 2.0 para negociar con el FMI colocan esta iniciativa como una medida clave para lograr el ajuste fiscal planeado que pretende revertir el déficit primario en un superávit del 1,2% del Producto Interno Bruto (PIB) al 2023.
De acuerdo con Villegas, el texto está en construcción liderado por Carlos Vargas, director general de Tributación, con la ayuda de técnicos de Hacienda y asesores internacionales.
¿Qué se sabe? De lo poco que se conoce hasta ahora, el proyecto de ley planteará gravar con una escala única los ingresos de los asalariados y de los trabajadores independientes. Las tarifas oscilarán entre 10% y 27,5%.
Quiere decir que se aplicaría un incremento de 2,5 puntos porcentuales con respecto a la tasa máxima que pagan estos dos grupos generadores de ingresos, actualmente el gravamen es del 25%.
Priscilla Piedra, socia de impuestos de Deloitte y exdirectora general de Hacienda, recordó que la renta global es completamente opuesta al sistema cedular que tiene Costa Rica.
“La renta global parte de un supuesto en donde el individuo o empresa declara su ingreso total, independientemente de las fuentes de generación del mismo, descuenta los gastos correspondientes, y genera la renta neta respecto de la cual cancelará el impuesto”, añadió la abogada.
En la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (9.635) se intentó dar algún grado de globalidad al tributo sobre la renta con la inclusión de elementos como la afectación y los supuestos bajo los cuales se pueden declarar las ganancias y pérdidas de capital.
Piedra dijo que, según especificaciones de Hacienda y con base en los acuerdos del diálogo multisectorial, el proyecto que se presentará al Congreso estará basado en la persona física. Se trata de un texto que dará tratamiento uniforme a los asalariados y a los independientes.
“Se deberían integrar en la declaración del impuesto, los ingresos que las personas físicas reciben de las diferentes fuentes (salarios, inversiones, ganancias de capital, etc.); podrán descontar gastos, como servicios médicos o derivados de créditos, y el resultado de restar a sus ingresos los gastos y las retenciones que funcionan como pagos a cuenta, dará el tributo a cancelar”, puntualizó la abogada tributaria.
Según Piedra este modelo no excluye las rentas empresariales. Sin embargo, la ley tendrá que definir cuándo se pueden atribuir a personas físicas en concreto y cuáles mantendrán el tratamiento como ganancias de sociedades a las cuales, por acuerdo de la mesa de diálogo, también se les aplicará la tasa del 27,5%.
Cambio en exoneraciones
El Gobierno presentó el pasado 11 de enero el proyecto de Ley de reducción de beneficios fiscales y ajuste de tarifas en rentas del capital para fortalecer el sistema fiscal (22.369), conocido como el plan para eliminar exoneraciones.
Este expediente plantea suprimir la exención de renta al salario escolar, eliminar el 50% de la exoneración a los rendimientos de los fondos de pensiones complementarias, e incrementa en cinco puntos porcentuales el gravamen de las remesas al exterior que tienen tasas diferentes para cada producto o servicio.
Uno de los puntos más controvertidos fue el aumento por dos años de la tasa que se cobra a las rentas de capital con lo que la tarifa pasaría al 16,5% y luego se homologa al 15%.
Esta medida puntual, aunque fue anunciada por Hacienda en diciembre, no se incorporó al proyecto de ley porque “lo olvidaron”. El Gobierno presentó una nueva versión del texto este martes 12 de enero en el que agregaron este apartado.
Con la aplicación de una tasa temporal que subiría del 15% al 16,5% por dos años, el fisco percibiría cerca de ¢14.400 millones.
La idea del Ejecutivo es igualar en un 15% el impuesto que se cobra a los excedentes que distribuyen las cooperativas y asociaciones solidaristas entre sus afiliados. Actualmente este tributo tiene tasas que van del 5% al 15% según diferentes tramos para los que se utiliza el salario base como referencia.
En caso de ser aprobado por los diputados, la propuesta de ley para modificar o eliminar exoneraciones generaría 0,58% de la producción nacional que equivale a ¢209.407 millones por año.
Esta medida es la que tiene mayor peso en las intenciones del Gobierno para percibir más dinero cada año.
Nuevos ingresos
La ruta al FMI tiene un renglón en blanco, se trata de la o las alternativas para aumentar los ingresos por medio de impuestos con el fin de lograr un rendimiento anual de entre 0,2% y 0,6% del PIB.
El ministro de Hacienda apuntó que se deben buscar acciones que tengan resultados similares a subir el Impuesto al Valor Agregado (IVA) al 14% o aplicar la tasa Tobin a las transferencias bancarias. Estas dos ideas se descartaron por completo porque no tienen viabilidad política ni social.
En su lugar, el Ejecutivo plantea tasas mayores al impuesto de renta global (que todavía está en elaboración) o crear un nuevo tributo a la casas de lujo.
La idea explicada por las ministras Geannina Dinarte, de la Presidencia y Pilar Garrido, de Planificación; a los diputados en una reunión el pasado martes 5 de enero, consiste en cobrar un impuesto del 0,5% a las viviendas con valor superior a los ¢200 millones, en 2021 se aplica a las que sobrepasan los ¢133 millones.
Para conseguirlo se propondría una modificación al hecho generador, que actualmente es la propiedad o titularidad de un derecho de uso, goce o disfrute de un bien inmueble habitacional (al 1.° de enero de cada año) ubicado en el territorio nacional y utilizado de forma habitual, ocasional o de recreo.
El actual impuesto a las casas de lujo entró en vigor el 1.° de octubre del 2009. Inició como un tributo temporal por diez años para financiar la construcción de viviendas de bien social y reducir la brecha en esta materia.
Sin embargo, en agosto del 2011 se eliminó su temporalidad y se estableció como un gravamen permanente. A pesar de que Hacienda proyectó una recaudación anual promedio de ¢10.000 millones; en los 11 años que se ha implementado, el monto promedio percibido por año fue de ¢3.585 millones.
El impuesto además es difícil de cobrar pese a que Tributación puso a disposición un formulario más simple. Este es uno de los retos que enfrentaría una nueva versión de la medida.
Premios de lotería y otros
El 20% restante del rendimiento para subir los ingresos se reparte entre la propuesta de gravar los premios de lotería, el aporte de dividendos de empresas estatales y la reforma a la Ley de Aduanas.
El proyecto de tributo a los premios de lotería ya fue convocado a sesiones extraordinarias. Gravaría con impuesto de renta del 25% todos aquellos premios de lotería que superen medio salario base (¢225.100) y produciría 0,09% del PIB por año.
El de dividendos pretende que empresas como, por ejemplo, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), el Instituto Nacional de Seguros (INS), los bancos públicos o la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope), entre otras; aporten dinero calculado sobre su rentabilidad y esos recursos se destinarían a abonos para la deuda pública.
Mientras que la reforma a la Ley de Aduanas tiene como fin fortalecer la lucha contra el fraude fiscal y el contrabando mediante la incorporación de herramientas tecnológicas como la obligatoriedad de utilizar el Registro Único Tributario (RUT) para importadores y exportadores.
También impondría sanciones actualizadas para quienes incumplan las obligaciones aduaneras e incluye una nueva definición de contrabando para reducir las importaciones ilegales y aumentar la recaudación.
En el Congreso, los legisladores consultados por este medio afirman que darán prioridad a la reforma al empleo público y a las propuestas para reducir el gasto, antes de entrar en la discusión de acciones que suban los ingresos por medio de impuestos.
¿Cómo quedarían las tarifas del impuesto a las remesas al exterior de avanzar propuesta al FMI?
Fuente: La República
Las remesas al exterior forman parte de los aspectos que sufrirían cambios de avanzar la propuesta al FMI, y a continuación les presentamos cómo se verían las distintas tarifas.
Este impuesto son básicamente los pagos que se hacen por remesas al exterior; es decir, son rentas de fuente costarricense por servicios y otras contribuciones que se reciben por parte de empresas o personas que no tienen establecimiento permanente en Costa Rica.
Y en el mismo proyecto de reducción de beneficios fiscales, que contempla, por ejemplo, eliminar la exención del salario escolar, se incluye un aumento del 5% en los distintos conceptos de este pago en cuestión.
Nuevas tarifas
• Transporte y las comunicaciones: 13%
• Pensiones, jubilaciones, salarios y cualquier otra remuneración en relación de dependencia: 15%
• Honorarios, comisiones, dietas y otros sin relación de dependencia: 25%
• Reaseguros, reafianzamientos y primas de seguros de cualquier clase: 10,5%
• Películas cinematográficas, películas para televisión, grabaciones, discos fonográficos, historietas y, en general, cualquier medio de difusión similar de imágenes o sonidos, así como por la utilización de noticias internacionales: 20%
• Por radionovelas y telenovelas: 55%
• Utilidades, dividendos o participaciones sociales: 20% o 10%
• Intereses, comisiones y otros gastos financieros, así como por los arrendamientos de bienes de capital pagados por personas físicas o jurídicas domiciliadas en Costa Rica o entidades o personas físicas del exterior: 20%
• Por cualquier otro pago basado en intereses, comisiones y otros gastos financieros no comprendidos anteriormente: 20%
• Asesoramiento técnico - financiero, patentes, suministros de fórmulas, marcas de fábrica, privilegios, franquicias y regalías: 30%
• Otras remesas de rentas de fuente costarricense: 35%
• Por pagos a no domiciliados, con ocasión de espectáculos públicos que ocasionalmente se presenten en el país: 20%
Costa Rica y Estados Unidos firman carta de entendimiento para crear observatorio de compra pública
Fuente: Ministerio de Hacienda
Los Gobiernos de Costa Rica y Estados Unidos firmaron este jueves una carta de entendimiento en el que se comprometen a crear un Observatorio de Compras Públicas en el Ministerio de Hacienda, para analizar y acceder a información histórica sobre las compras que realizan los diferentes organismos públicos, y facilitar el acceso a la ciudadanía a estos datos.
Esta herramienta tecnológica utilizará datos del Sistema de Compras Públicas de Costa Rica (SICOP) y otras fuentes como el Sistema Integrado de la Actividad Contractual (SIAC), para generar información de valor.
El proyecto estará a cargo de un equipo multidisciplinario conformado por la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa y de la Dirección de Tecnologías de la Información, en conjunto con la Asociación Internacional de Administración de Ciudades y Condados (ICMA).
Este se realizará con la cooperación económica de la Embajada de los Estados Unidos de América (monto máximo $250.000 USD), bajo el programa de cooperación: “Oportunidad de Financiamiento Número SCS-800-20-GR-00 1-WHA-040620, Programa “Small Grants: Continued Civil Society Engagement- Government Strengthening”.
Dentro de los beneficios que se obtienen con la implementación de la herramienta destacan:
Incrementar la participación ciudadana y rendición de cuentas sobre el uso adecuado de los recursos gubernamentales. Construir una herramienta que promueva la eficiencia, efectividad y transparencia de la contratación pública. Establecer buenas prácticas que contribuyan a la formulación de políticas públicas con visión de largo plazo. Contribuir al desarrollo de mercados más competitivos que promuevan la competencia, la innovación y las oportunidades. Identificar oportunidades de mejora para realizar procesos de compra pública más eficientes. Favorecer el escrutinio público sobre los recursos públicos aportados a través de impuestos, cargos o tarifas. Propiciar la evaluación del impacto de las compras públicas a través de un instrumento de control, de aplicación general.
“La firma de esta carta de entendimiento es un gran avance en materia de transparencia de compras públicas en el país; con su puesta en marcha se mejorará la eficiencia e inteligencia en el gasto público y contribuirá en la reducción del déficit fiscal. Además, gracias al uso de tecnologías innovadoras se podrá contar con información de primera mano, para la toma de decisiones”, indicó Elian Villegas, ministro de Hacienda.
Por su parte, Sharon Day, embajadora de Estados Unidos, expresó “este proyecto pondrá el poder en manos de los ciudadanos, para que conozcan mejor cómo se adjudican las licitaciones públicas. La transparencia fiscal informa a los ciudadanos cómo se gastan los ingresos del gobierno y es un elemento crítico de una gestión financiera pública eficaz que también ayuda a que los gobiernos rindan cuentas y se fomente la confianza y sostenibilidad del mercado”.
El Observatorio de Compras Públicas entrará a regir a partir del 2022. En la firma participaron Elian Villegas, ministro de Hacienda y Sharon Day, embajadora de Estados Unidos.
Nuevo criterio para calcular IVA en tercerización de servicios podría elevar costos de contratación
Fuente: La Nación
Las empresas que realizan tercerización de servicios deben cobrar el IVA (impuesto al valor agregado) a sus clientes sobre el monto total del servicio y no solo sobre la comisión, como se había entendido hasta ahora.
Así lo indicó la Dirección General de Tributación en respuestas a consultas planteadas por contribuyentes bajo el artículo 119 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, el cual permite a las personas hacer preguntas sobre hechos concretos.
La tercerización de servicios surge cuando una empresa subcontrata a un tercero para que haga determinada labor, por ejemplo, para encargarse de la seguridad de sus instalaciones, la limpieza o para atender las consultas de los clientes, como es el caso de los call centers.
Francisco Villalobos, socio de ICS Consultores, quien tuvo acceso a algunas de estas respuestas, explicó que el año pasado algunas empresas de tercerización de servicios le consultaron a Tributación si la base imponible del IVA era solo sobre la comisión que cobra la empresa por el servicio o sobre el costo total y Tributación les había contestado, mediante el oficio DGT-454-2020, de marzo del 2020, que era solo sobre la comisión.
“Ahora Tributación cambió de criterio y a todos a los que les habían dicho que era sobre la comisión les están notificando de vuelta y les están diciendo: nosotros cambiamos de criterio: usted tiene que calcular el IVA sobre el total”, indicó Villalobos.
Lo anterior quiere decir que el impuesto de 13% se calcula sobre los salarios, cargas sociales y el servicio de la empresa; “ya no se distinguen los componentes como antes se distinguían”, detalló este especialista.
“La industria había entendido, hasta ahora, que el monto que trasladaba el cliente a la empresa que pagaba su planilla, debía tratarse como un reembolso, pero ahora, los proveedores deberán cobrar IVA sobre un monto mucho mayor, haciendo que el impacto financiero del impuesto ponga en entredicho la conveniencia de contratar este tipo de servicios”, agregó.
Al aplicar el IVA sobre una base mayor el monto a pagar del impuesto sería mayor y eso podría encarecer el servicio; o también la empresa que terceriza servicios podría modificar sus tarifas para paliar el nuevo costo. Todo depende de la estructura del mercado.
Carlos Vargas, director general de Tributación, explicó que las consultas que se hacen con base en el artículo 119 atienden las interrogantes planteadas por los contribuyentes dentro del cuadro fáctico que ellos plantean.
Lo anterior significa que si consultas posteriores aportan elementos que previamente no se han considerado dan lugar a un ajuste del criterio en función de elementos nuevos que se aportan a la discusión.
Añadió que en el caso de estos servicios hay una tercerización del servicio y lo que se contrata es un servicio completo, por lo que no se podría fraccionar un pago de otro.
Esté atento a las multas si no paga el impuesto a “casas de lujo”
Fuente: La República
Prepárese porque hay consecuencias por incumplir con el impuesto solidario a las “casas de lujo”, cuya fecha límite es este propio viernes 15 de enero.
El tributo se cobra a bienes inmuebles con un valor superior a ¢133 millones, y se declara cada tres años, pero su pago es anual.
Es por ello que de obtener en el último año una propiedad por encima de ese umbral, además de pagar, debe presentar la declaración correspondiente.
Por no presentarla, se le multaría con los ¢231 mil, o bien, si tenía que hacer la declaración en años anteriores, y no lo hizo, se le multaría con medio salario base de cada año de incumplimiento.
Por estar pendiente de pago, ahí la multa sería una mora adicional que corresponde a 1% por mes o fracción de mes hasta un máximo del 20% del impuesto.
En casos en que el contribuyente es auditado y se establezca alguna diferencia de impuesto sobre el declarado, la sanción puede ser un 50%, 100% o 150% sobre la diferencia de impuesto de acuerdo a cómo sea calificada la acción, que puede tener una gravedad leve, grave o muy grave“, explicó Silvia González socia de Impuestos de Grant Thornton sobre otros casos de sanciones.
Para determinar si debe pagar este tributo, debe conocer el valor de la construcción principal y otros aspectos como rancho, piscina, muros, canchas deportivas, etc., basándose en el Manual de Valores Base Unitario por Tipología Constructiva que se encuentra en el sitio web de Hacienda, para la determinación del valor a declarar para el impuesto solidario.
Si una vez que ha determinado el valor de la construcción y este supera el monto exento del período, debe calcular el valor del terreno, según los parámetros de valoración también encontrados en el portal de Hacienda, los cuales, se separan por provincia, y sumarlo al valor de la construcción. La suma de estos valores le proporcionará el valor total de la unidad habitacional.
Este impuesto estaría en sus últimos momentos de vida en su forma actual, puesto que Hacienda valora incluir en la propuesta al FMI la creación de un impuesto a aquellas propiedades con un valor superior a los ¢200 millones, que vendría a sustituir al actual impuesto en esa materia.
Para González, sería cuestionable pues se desvirtúa el fin de dotar de financiamiento a programas de vivienda digna, además de que reduciría los obligados, al aumentar el umbral a ¢200 millones.
No obstante, sí acepta que en su versión actual requiere revisión de que su propósito se alcance.
Y es que, aunque unas 976 familias han sido beneficiadas con proyectos habitacionales gracias a las transferencias de recursos provenientes del impuesto, en ningún año de su existencia este ha recaudado ni la mitad de lo propuesto originalmente (unos ¢10 mil millones anuales).
FB LIVE: DIFERENCIAL CAMBIARIO - ACTUALIZACIÓN
Actualidad Tributaria le invita a nuestro FACEBOOK LIVE, el lunes 18 de enero a las 3:00 p.m. con el tema:
DIFERENCIAL CAMBIARIO - ACTUALIZACIÓN, a cargo de nuestro especialista, el Lic. Mauricio Berrocal.
¡Le esperamos!
Hacienda no ampliará plazo para impuesto a sociedades
Fuente: Diario Extra
El Ministerio de Hacienda no ampliará el plazo para pagar el impuesto a las personas jurídicas. Así lo manifestó el director general de Tributación, Carlos Vargas, ante una consulta de DIARIO EXTRA.
Para Vargas no existe ninguna razón para hacer una ampliación como lo sugirieron firmas contables, luego de que no pudieran pagar durante los primeros días de enero.
Las sociedades tienen tiempo para cancelarlo hasta el 31 de enero, de modo que no existirían razones para tener que dar una prórroga, según indicó.
El problema que se presentó fue que Hacienda no había cargado los datos para que se pudiera hacer el pago en los bancos, sin embargo el fallo se habría resuelto este viernes al mediodía.
Vargas dijo que se cargaron los datos de más de 306.000 sociedades.
No obstante, la administración se percató de un problema adicional y es que 17.000 empresas jurídicas están omisas en la presentación de la declaración de renta del año anterior y eso haría que no puedan pagar el impuesto a personas jurídicas.
Vargas recordó que aunque no tengan actividad la declaración siempre debe presentarse. Todo esto indistintamente de si se trata de una sociedad activa o inactiva.
Si usted es una de las personas en esta situación la recomendación es que se ponga al día con la declaración ante el Ministerio de Hacienda o de lo contrario se expondrá a sanciones y multas.
Este impuesto recae sobre todas las sociedades mercantiles, así como toda sucursal de una sociedad extranjera o su representante, y sobre empresas individuales de responsabilidad limitada que se encuentran inscritas o que en adelante se inscriban en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
“El periodo fiscal es de un año, comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del mismo año. El pago de este impuesto y siguientes se debe realizar dentro de los primeros 30 días naturales siguientes al 1° de enero de cada año, considerando el salario base vigente para ese periodo.
En caso de tener pendiente la presentación de la declaración del impuesto sobre las utilidades, la información del pago no estará disponible hasta que regularice su situación ante la Dirección General de Tributación”, indicó Guillermo Smith, presidente del Colegio de Contadores Públicos.
Están exentas de esta obligación las sociedades registradas y clasificadas como micro y pequeñas empresas inscritas en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y los pequeños y medianos productores agropecuarios inscritos en el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).
El pago de este impuesto se puede realizar mediante la página web de la entidad bancaria o directamente en las ventanillas de estas entidades con solo indicar el número de identificación de la persona jurídica.
NO ES UN GASTO DEDUCIBLE
Es importante recordar que el impuesto a las personas jurídicas no se considera gasto deducible para determinar el impuesto sobre la renta.
Además todas las sociedades inactivas están obligadas a presentar la declaración del impuesto sobre la renta, al igual que las sociedades activas que no hayan realizado actividades lucrativas durante el presente periodo fiscal.
Las sociedades inactivas no tienen el deber material del pago del impuesto sobre la renta.
“La Administración Tributaria señala que los propietarios de sociedades inactivas, así como todos los contribuyentes, deben presentar la declaración del impuesto sobre la renta del periodo fiscal 2020, para lo cual tienen tiempo hasta el 15 de marzo del 2021”, agregó Smith.
En el impuesto a las sociedades hay cerca de 345.000 contribuyentes. Las personas jurídicas que aún no aparecen en el sistema lo harán en los próximos días.
Con respecto al formulario D-101 para el pago de renta, que al parecer estaba dando problemas en los tramos del 10 al 20, tiraba un mal cálculo del tributo. El asunto quedó resuelto desde el miércoles anterior, indicó el director de Tributación.
Sobre las quejas de los contribuyentes, Vargas manifestó que siempre se hacen pruebas, pero a veces se presentan inconsistencias al ir a la parte operativa.
¡OJO CON LAS SANCIONES!
Si no paga este impuesto tendrá las siguientes consecuencias:
•La Dirección General de Tributación aplicará sanciones, intereses y multas.
•El Registro Nacional no podrá emitir certificaciones, ni inscribir ningún documento.
•No podrán ser contratadas por el Estado o cualquier institución pública.
•Las deudas de este impuesto constituirán hipoteca legal preferente o prenda preferente.
•En caso de que se acumule la no cancelación de tres periodos consecutivos será causal de disolución.
Fuente: Colegio de Contadores Públicos.
¿Va a fundir dos sociedades? Debe pagar impuesto por el traspaso de propiedades
Fuente: La Nación
Si una persona tiene dos o más sociedades con propiedades en cada una y las planea fusionar en una sola debe pagar el impuesto por el traspaso de los bienes.
Carlos Vargas, director general de Tributación, aclaró que el criterio se refiere a las fusiones en general y no solo a los casos en que el dueño del capital social es el mismo.
“El criterio citado no habla de la fusión de sociedades de un mismo dueño, pero si habla de fusión de sociedades en general, lo cual es distinto”, expresó Vargas.
Agregó que, en este caso, el criterio lo que indica es que en aplicación del concepto de traspaso indirecto, y por el hecho de que no existe ninguna exoneración del impuesto de traspaso en los supuestos de fusión, al existir una transferencia del dominio de los bienes de una persona jurídica a otra, se produce o verifica un traspaso. Este cambio, por ende, esta sujeto al pago del impuesto correspondiente”, explicó Vargas.
“Conforme al análisis efectuado, este Despacho concluye que en los casos en los que se dé una fusión de sociedades, al encontrarnos frente a un negocio jurídico reconocido por el Código de Comercio que se traduce en un traspaso efectivo de bienes bajo la titularidad de la sociedad prevaleciente, en el caso de traspasos de bienes inmuebles se configura el hecho generador establecido en el artículo 2 de la Ley N° 6999, y como tal debe atender los deberes formales y materiales establecidos en dicha norma legal”. Criterio Institucional DGT-CI-03-2020
El impuesto de traspaso es de 1,5% del valor que le definan las partes, pero ese valor no puede ser menor al que está en el Registro, por ejemplo, si se le ha puesto una hipoteca o tiene otro valor registrado en un traspaso, explicó Francisco Villalobos, socio de ICS Consultores.
Villalobos detalló que antes de la reforma de la Ley 6999 (Ley del Impuesto sobre Traspasos de Bienes Inmuebles), que se realizó en el 2012, si una persona iba a vender la casa y estaba a nombre de la sociedad y traspasaba las acciones, no pagaba el impuesto de traspaso. Pero la Ley número 9069, Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria, del 2012, eliminó esa posibilidad y ahora sí debe pagar el impuesto.
No obstante, para los casos en que el dueño es el mismo, el control de la propiedad no cambia, según Villalobos, por lo que se opone al criterio de Tributación de extender esta obligación tributaria cuando el bien que se transfiere es de un mismo propietario.
“Desde 1994, el Registro Nacional había definido con claridad que la fusión supone la concentración de los socios en una sola sociedad y que por lo tanto continúan siendo socios lo que implica que no hay traspaso pues no hay cambio de dominio”, dijo Villalobos.
“Esta posición había sido confirmada por Tributación en el 2013, luego en el 2019 y en el 2020 y es acorde con el derecho de los contribuyentes a reorganizar sus empresas y activos. Esta interpretación se extralimita y desconoce la naturaleza jurídica de la fusión donde no hay traspaso, pues el poder de control no cambia, requisito de la definición de la Ley 6999 del impuesto de traspaso”; opinó Villalobos.
Vargas considera que en el caso de dos sociedades diferentes se trata de personas jurídicas que tienen su existencia autónoma e independiente de los titulares del capital social.
Villalobos añadió que actualmente muchas personas que tenían varias sociedades las están fusionando porque ahora es más complicado y costoso tenerlas.
Entre las obligaciones que deben cumplir las sociedades se encuentran: el registro de beneficiarios y el impuesto a personas jurídicas. Además, si es inactiva, tiene obligación de presentar declaración de impuesto sobre la renta. Además, todas deben pagar el timbre de educación y cultura.
Hacienda cambia de opinión: Eurobonos no serán prioridad este 2021
Fuente: CR Hoy
A finales de noviembre pasado el Ministerio de Hacienda estaba seguro de que este 2021 acudiría a la Asamblea Legislativa a pedir una nueva autorización para emitir Eurobonos.
Tan seguro estaba que el ministro Elian Villegas incluyó la idea dentro de varias presentaciones mostradas a medios de comunicación.
La intención era realizar la colocación para el segundo semestre del año y así cumplir con las obligaciones del año, que también implicaban el canje de deuda y acceso a otros fondos de organismos multilaterales.
Sin embargo esta prioridad ya cambió. El viernes, durante una participación en el programa Economía Hoy, el funcionario señaló que ya no se están viendo los Eurobonos como un mecanismo “esencial” para este año.
Yo no vería los Eurobonos como un mecanismo esencial, necesario para financiar nuestras necesidades del 2021, con el mercado interno, deuda y algunos empréstitos puede ser suficiente”, dijo.
Villegas dijo que de considerarse los Eurobonos sería quizás para dejar un fondo de caja al nuevo gobierno para 2022, pero que las necesidades de financiamiento de este año se cubrirán mediante las otras alternativas mencionadas.
Para este 2021 el gobierno requiere un aproximado del 15% del Producto Interno Bruto (PIB) para llenar el faltante de recursos.
Proyecto de renta global propone gravar con escala única ingresos de asalariados e independientes
Fuente: La Nación
El proyecto de ley que presentará el Gobierno, este mes de enero, a la Asamblea Legislativa, para establecer la renta global, propone una escala única progresiva para los ingresos de las personas físicas, tanto asalariados como independientes, de 10% al 27,5%.
El concepto de renta global que se pretende, suma o globaliza las rentas y aplica una sola tarifa. Costa Rica tiene actualmente un sistema cedular donde cada tipo de renta, por ejemplo, el salario, los intereses de los depósitos, los ingresos por actividades independientes y los alquileres tienen cada uno una tarifa.
Implementar este sistema fue uno de los acuerdos de la Mesa de Diálogo Multisectorial que convocó el Gobierno y forma parte también de la propuesta que se discute con el Fondo Monetario Internacional (FMI), a partir de este 11 de enero.
“Se grava la renta global de la persona liquidando las distintas fuentes de renta pero gravando con una escala unificada a nivel de la persona física, la globalidad de los ingresos provenientes del trabajo y de actividad lucrativa, con una escala progresiva que va del 10% al 27,5%”, explicó el Ministro.
Actualmente, la tarifa máxima que se aplica a estos dos grupos es de 25%, por lo que 27,5% es una tarifa mayor, pero habría que esperar la definición de los tramos de ingresos con su respectiva tarifa para ver las diferencias en relación con los montos pagados en la actualidad, explicó Priscilla Piedra, socia de impuestos de Deloitte y exdirectora general de Hacienda.
Adrián Torrealba, socio de Facio & Cañas y exdirector general de Tributación, explicó que actualmente los tramos de asalariados y personas físicas con actividades lucrativas son muy diferentes y será interesante ver cómo se van a empatar.
Por ejemplo, al asalariado le cobran la tarifa máxima del 25% sobre el exceso de ¢51.900.000 anuales en el periodo fiscal 2020 y a la persona física con actividad lucrativa sobre el exceso de ¢18.631.000 anuales, así que buscar un punto intermedio entre estos dos grupos implicará bajarle a unos o subirle a otros.
También, según Torrealba, queda por resolver el tratamiento desigual de las contribuciones a la seguridad social entre ambos grupos en la cual los independientes cotizan casi el doble de los asalariados (18% contra 10%).
En el caso de las rentas del capital, aclaró el ministro Villegas, se gravan de manera cedular, con una tarifa del 15%, cuando no están vinculadas con la realización de una actividad lucrativa, como se hace hoy, y si están vinculadas siguen el tratamiento de la renta vinculada a la actividad, por ser parte de ella.
Las rentas del capital se dividen en dos. Existen las del capital inmobiliario, por ejemplo, las que provienen de alquileres y las del capital mobiliario, como los excedentes de cooperativas y asociaciones solidaristas y toda clase de beneficios similares a dividendos, según cita el Ministerio de Hacienda en su página web.
¿Por qué este tipo de renta se mantiene como cedular? “Eso es una tendencia mundial de todos los países que han tenido renta global desde los nórdicos, que ya en los años 90, agarraron las rentas pasivas del capital y les pusieron una base aparte, de 30%, España lo hizo también al 18%, lo tiene Uruguay, eso es lo que se llama el impuesto de renta dual”, explicó Torrealba.
Piedra indicó que en la Mesa de Diálogo hubo apoyo a la renta global, pero condicionada, en varios puntos: uno fue que las rentas pasivas (como las rentas del capital) no quedaran integradas y mantener la renta territorial (solo se gravan las rentas generadas en el territorio costarricense).
Para las sociedades el impuesto considera una tarifa única a 27,5% y se mantiene la escala para las pequeñas empresas, indicó el Ministro, quien indicó que el proyecto se enviará a la Asamblea Legislativa antes de que termine este mes.
Federación de Cámaras a favor del acuerdo con el FMI, si no incluye impuestos
Fuente: CR Hoy
La Federación Nacional de Cámaras de Comercio y Asociaciones Empresariales de Costa Rica (Fedecámaras) apoya la firma del gobierno con el Fondo Monetario Internacional (FMI) siempre y cuando eso no signifique un incremento en los impuestos.
Mediante un comunicado de prensa reiteraron la necesidad de que se presente un plan de reducción de gastos.
“Se debe aprobar ley de Empleo Público lo antes posible Reforma del Estado, para reducirlo racionalmente y hacerlo más eficiente y eliminar pensiones de lujo con cargo al presupuesto de la República Gobierno de la República”, cita la federación.
También piden un plan de reactivación económica para todos los sectores , control efectivo del contrabando e informalidad, así como la creación de nuevos puestos de trabajo en el sector privado.
Costa Rica arrancará negociaciones formales con el Fondo Monetario Internacional (FMI), el lunes 11 de enero.